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ANEXO I
TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES LEVES
CONTRA LA DISCIPLINA
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
L 1Omitir el saludo al superior o más antiguo o realizarlo en forma antirreglamentaria o no contestarle al subordinado.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 2Fumar encontrándose de servicio.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 3Demostrar falta de cortesía en la precedencia al superior o en el trato preferencial de acuerdo a ley.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 4Descuidar el aseo y presentación personal o incumplir las normas establecidas para el uso del uniforme.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 5Proferir palabras soeces o realizar gestos ofensivos o reñidos contra la moral, urbanidad, buenas costumbres y normas de cortesía.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 6Ofender con gestos, palabras, gráficos o escritos al personal de la Policía Nacional del Perú.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 7Dirigirse al superior irrespetuosamente en términos  que atenten contra las normas de cortesía o urbanidad, inclusive cuando este se encuentre en situación de disponibilidad o retiro.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 8No realizar el trámite para actualizar o renovar, en caso de deterioro, el Carné de Identidad Personal, salvo causa justificada.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 9No cumplir de manera oportuna con el trámite, emisión o remisión de documentos, salvo causa justificada.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 10Usar prendas, objetos o distintivos antirreglamentarios encontrándose uniformado.Desde amonestación hasta 6 días de sanción simple
L 11Llegar con retraso a su unidad o retirarse antes de la hora establecida, sin causa justificada.De 2 a 6 días de sanción simple
L 12No presentarse a su unidad al término de su descanso médico.De 2 a 6 días de sanción simple
L 13No dar cuenta en forma oportuna del cumplimiento de las órdenes del servicio al superior que las haya impartido.De 2 a 6 días de sanción simple
L 14Desautorizar a un subordinado en presencia de público o personal de grado inferior.De 2 a 6 días de sanción simple
L 15No impartir instrucción oportunamente a los subordinados acerca de la observancia de los reglamentos, directivas, órdenes y demás disposiciones.De 2 a 6 días de sanción simple
L 16Prescindir del conducto regular para formular cualquier solicitud o reclamo, salvo causa justificada.De 2 a 6 días de sanción simple
L 17Utilizar equipos y accesorios de comunicación durante su servicio para actos ajenos al mismo, descuidando sus obligaciones.De 2 a 8 días de sanción simple
L 18Llegar con retraso a la lista, instrucción, ceremonia, conferencia o los diversos actos del servicio para el que sea designado o tuviera obligación de asistir, salvo causa justificada.De 2 a 8 días de sanción simple
L 19No presentarse a la Dirección Ejecutiva de Personal o la que haga sus veces, dentro de las 24 horas después
de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad, sin causa justificada.
De 2 a 10 días de sanción simple
L 20Excederse hasta 24 horas en el uso de vacaciones, permisos o licencias, sin causa justificada.De 2 a 10 días de sanción simple
L 21Descuidar la conservación del armamento, pertrechos, vehículos, prendas, equipos, locales, productos farmacéuticos, medicinas, biomédicos, insumos u otros bienes de propiedad del Estado, que se encuentren bajo su responsabilidad y siempre que no se afecte su funcionamiento.De 2 a 10 días de sanción simple
L 22Realizar reclamos o interponer recursos administrativos de manera irrespetuosa, descortés, descomedida o de forma antirreglamentaria.De 2 a 10 días de sanción simple
L 23No presentarse al jefe de unidad, así como, a sus superiores en línea de comando al llegar al lugar de su destino dentro de las 24 horas o no despedirse al ser cambiado de colocación.De 2 a 10 días de sanción simple
L 24Extraviar por primera vez el Carné de Identidad Personal.De 4 a 10 días de sanción simple
L 25No presentarse al superior al término de la distancia, al ser comisionado o requerido, salvo razones justificadas.De 6 a 10 días de sanción simple
L 26No cumplir o alterar las órdenes impartidas, sin justificación alguna, siempre y cuando no haya generado consecuencias graves.De 6 a 10 días de sanción simple
L 27Ocultar o proporcionar información incompleta o falsa en la unidad donde presta servicios, sobre sus datos personales, domicilio y número de teléfono de contacto u otros medios de comunicación, o no comunicar oportunamente los cambios efectuados.De 6 a 10 días de sanción simple
L 28Omitir la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas a la que está obligado el personal policial.De 6 a 10 días de sanción simple
L 29Concurrir fuera de actos de servicio a lugares frecuentados por personas de mala o dudosa reputación, afectando la imagen institucional.De 6 a 10 días de sanción simple
CONTRA EL SERVICIO POLICIAL
L 30Tramitar negligentemente una solicitud o recurso en vía distinta al procedimiento predeterminado por ley.De amonestación a 6 días de sanción simple
L 31Alejarse de su puesto de servicio para realizar actividades ajenas al mismo, sin causa justificada y sin generar consecuencias graves.De 4 a 6 días de sanción simple
L 32No asistir a la instrucción, ceremonia, conferencia o a los diversos actos del servicio para el que haya sido designado o tuviera la obligación de asistir, sin causa justificada.De 8 a 10 días de sanción simple
L 33No brindar o retrasar la atención de salud ambulatoria al personal de la Policía Nacional del Perú o familiares, en los horarios establecidos, o no informarles oportunamente sobre asuntos relacionados con el diagnóstico,  tratamiento y procedimiento que corresponda, salvo causa justificada.De 4 a 8 días de sanción simple
L 34Omitir información necesaria en documentos relacionados con el desempeño de la función policial.De 4 a 10 días de sanción simple
L 35Proceder con negligencia en la conducción y supervisión del personal bajo sus órdenes.De 4 a 10 días de sanción simple
L 36No cumplir de manera oportuna o reglamentaria con la rendición de cuentas de dinero o la remisión de documentos que justifiquen la entrega de especies, bienes o enseres recibidos para el servicio policial, siempre que no constituya infracción grave.De 6 a 10 días de sanción simple
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
L 37Tomar sin autorización prendas, equipos o bienes de propiedad del Estado o del personal de la Policía Nacional del Perú y luego devolverlos, siempre que no se haya ocasionado daños o perjuicios.De 6 a 10 días de sanción simple
L 38Perder, dañar o no adoptar las medidas pertinentes para la conservación del material, enseres y menaje de propiedad del Estado, siempre que no constituya infracción grave; sin perjuicio de la reposición o reparación del bien.De 6 a 10 días de sanción simple
L 39Faltar 1 día a su unidad, sin causa justificada.De 8 a 10 días de sanción simple
L 40Actuar con negligencia en el ejercicio de la función sin causar consecuencias graves.De 2 a 8 días de sanción simple
L 41Demostrar falta de celo en el cumplimiento de las obligaciones del servicio o de la función policial.De 4 a 10 días de sanción simple
L 42Excederse en el ejercicio de sus facultades o atribuciones sin causar consecuencias graves.De 2 a 8 días de sanción simple
CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL
L 43Atender al público en forma displicente o dirigirse a las personas con términos o gestos inadecuados, contraviniendo las normas de cortesía o urbanidad.De 4 a 6 días de sanción simple
L 44Proferir palabras soeces en presencia de público o personal de la Policía Nacional del Perú.De 4 a 6 días de sanción simple
L 45Hacer uso del uniforme, accesorios, distintivos y otros antirreglamentariamente o exhibir arma de fuego en traje de civil en forma innecesaria.De 4 a 6 días de sanción simple
L 46Realizar actividades ajenas al servicio que menoscaben la imagen institucional.De 4 a 10 días de sanción simple
L 47Protagonizar escándalos en traje de civil, afectando la imagen institucional.De 6 a 10 días de sanción simple
CONTRA LA ÉTICA
L 48Promover o solicitar la difusión de hechos policiales sin autorización escrita del comando.De 6 a 10 días de sanción simple
L 49Indisponer al personal policial ante terceros.De 2 a 6 días de sanción simple
L 50Afectar las relaciones interpersonales entre los miembros del personal policial mediante información inexacta o cuya veracidad no ha sido comprobada.De 6 a 10 días de sanción simple
L 51Utilizar los distintivos de autoridad y mando con fines ajenos al servicio.De 2 a 6 días de sanción simple
L 52Atentar contra el ornato de la ciudad o no respetar las normas de convivencia ciudadana.De 2 a 6 días de sanción simple
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
G 11No    respetar    o    retrasar    intencionalmente    los procedimientos    establecidos    para    los    trámites administrativos  internos  del  personal,  previstos  en  las normas legales y reglamentarias.De  4  a  8  días  de sanción de rigor
G 12Presentarse a su servicio, dependencias de la Policía Nacional  o  superiores  jerárquicos,  habiendo  ingerido bebidas alcohólicas.De  4  a  8  días  de sanción de rigor
G 13Perder,  ocasionar  daños  o  no  adoptar  las  medidas de  seguridad  con  el  armamento,  vehículos,  prendas, equipos,  locales,  productos  farmacéuticos,  medicinas, biomédicos, insumos u otros bienes de propiedad del Estado, sin perjuicio de su reposición o reparación.De  4  a  8  días  de sanción de rigor
G 14Faltar  al  servicio  policial  en  tres  (3)  oportunidades durante un período de 30 días, sin causa justificada,De  4  a  8  días  de sanción de rigor
G 15Entregar indebidamente a personal policial no autorizado armamento,  munición,  accesorios  y  equipo  asignado para  el  servicio  o  no  dar  cuenta  de  su  devolución  al término del servicio.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 16Negarse a recibir una orden de sanción o a firmar su enterado,  al  ser  notificado  en  un  procedimiento  de investigación disciplinaria o a recibir la resolución emitida por el órgano disciplinario competente de acuerdo a ley.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 17Faltar   el   respeto   a   los   símbolos   de   la   patria   o institucionales.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 18Modificar  o  alterar  las  instrucciones  específicas  para el  cumplimiento  de  órdenes  o  disposiciones  vigentes, siempre que cause perjuicio al servicio policial.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 19Negar el conducto regular o impedir el trámite de un reclamo o petición amparado en la normatividad vigente.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 20Ocultar,  omitir  o  alterar  información  en  documentos relacionados con el desempeño de la función, que cause perjuicios al servicio.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 21Influir o valerse de influencias para que los órganos de administración  de  personal  omitan  en  forma  parcial  o total, el cumplimiento de sus deberes en beneficio propio o de terceros.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 22Reincorporarse  sin  causa  justificada  a  la  Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, hasta 2 días después de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 23Ocasionar accidente de tránsito con vehículo policial, sin estar autorizado para su manejo o con vehículo particular sin poseer licencia de conducir.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 24Faltar  de  2  a  5  días  consecutivos  a  su  Unidad  o  no presentarse por igual plazo al término de sus vacaciones, permisos, comisiones, licencias, sin causa justificada.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 25Ingerir  bebidas  alcohólicas  en  unidades  policiales  o extrainstitucionales  donde  labora  el  personal  policial; salvo en este último caso, que responda a situaciones protocolares.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 26Incumplir     directivas,     reglamentos,     guías     de procedimientos    y    protocolos    reguladas    por    la normatividad  vigente,  causando  grave  perjuicio  a  los bienes jurídicos contemplados en la presente ley.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 27Presionar al subordinado para que no efectúe reclamos o peticiones cuando le asiste este derecho o incitarlo a que interponga reclamos injustificados.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 28Actuar  con  arbitrariedad  al  evaluar  el  desempeño  del personal de la Policía Nacional del Perú.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 29Emplear  términos  vejatorios  o  irrespetuosos  en  el contenido de los escritos o recursos para los trámites internos o disciplinarios.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 30Faltar  a  la  verdad  con  la  intención  de  perjudicar  o favorecer a un superior, subordinado o de igual grado.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 31Actuar   con   motivo   del   ejercicio   de   su   función, discriminando por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión,  opinión,  condición  económica  o  de  cualquier otra índoleDe  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 32Formular imputaciones tendenciosas o temerarias contra cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 33Permitir  o  no  dar  cuenta  al  tomar  conocimiento  de relaciones  sexuales  o  actos  contra  el  pudor  entre personas que se encuentren bajo su responsabilidad o custodia.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 34No incorporarse al servicio policial dentro de las 48 horas de declarado el estado de emergencia o estado de sitio.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 35Hacer  insinuaciones,  gestos,  proposiciones  obscenas o  usar  términos  de  naturaleza  o  connotación  sexual, verbales  o  escritos  o  por  cualquier  otro  medio,  que resulten ofensivos.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
ANEXO II
TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES GRAVES
CONTRA LA DISCIPLINA
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
G 1Desobedecer disposiciones o instrucciones para el cuidado de la salud del personal policial, dictadas por profesionales o técnicos de la salud de la Policía Nacional del Perú.De 2 a 4 días de sanción de rigor
G 2Emitir opinión sobre asuntos relacionados al servicio policial haciendo uso de los medios de comunicación social, sin autorización escrita del comando.De 2 a 4 días de sanción de rigor
G 3Ser reincidente en extraviar el Carné de Identidad Personal, al no adoptar las medidas de seguridad necesarias para su cuidado y conservación.De 1 a 4 días de sanción de rigor
G 4Tratar en forma arbitraria, vejatoria o discriminatoria al personal de la Policía Nacional del Perú, cualquiera sea su grado.De 2 a 4 días de sanción de rigor
G 5Replicar airadamente al superior sobre hechos relacionados al servicio policial.De 2 a 4 días de sanción de rigor
G 6Conducir vehículo policial sin poseer licencia vigente o no estar autorizado para su manejo u ordenar a quien no esté habilitado para tal actividad.De  2  a  4  días  de sanción de rigor
G 7Excederse  hasta  48  horas  en  el  uso  de  vacaciones, permisos o licencias, sin causa justificada.De  2  a  4  días  de sanción de rigor
G 8Incumplir  o  alterar  intencionalmente  el  orden  o  los plazos en la recepción, trámite, emisión o remisión de documentos, siempre que se cause perjuicios.De  2  a  6  días  de sanción de rigor
G 9No comunicar a su comando sobre su descanso médico, dentro de las 6 horas de su expedición, o no entregar a su unidad la papeleta de descanso médico dentro de las 24 horas de emitida, sin causa justificada.De  2  a  6  días  de sanción de rigor
G 10No concurrir a las citaciones ordenadas por los órganos disciplinarios o cualquier otro nivel de comando, salvo causa justificada.De  2  a  6  días  de sanción de rigor
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
G 36Dar en garantía o utilizar en forma indebida el Carné de Identidad Personal.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 37Disponer o aceptar la ejecución de actividades ajenas a la función dentro de instalaciones policiales.De 4 a 6 días de sanción de rigor
CONTRA EL SERVICIO POLICIAL
G 38Fracasar  en  el  cumplimiento  de  la  misión  o  incumplir la  responsabilidad  funcional  asignada,  por  desidia, imprevisión o carencia de iniciativa.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 39Negarse a recibir denuncia de competencia policial o no registrarla en el sistema de denuncias respectivo.De  4  a  10  días  de sanción de rigor
G 40Hacer uso indebido del armamento del Estado o efectuar disparos con armamento afectado o particular sin causa justificada,  habiendo  sido  identificado  como  personal policial.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 41No  incorporarse  sin  causa  justificada  a  su  unidad de destino o a la más cercana en caso de desastres naturales,  grave  alteración  del  orden  interno  u  orden público o cuando se decrete los regímenes de excepción.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 42Diagnosticar,   prescribir   o   ejecutar   en   el   paciente tratamientos y procedimientos que no correspondan al protocolo para su problema de salud.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 43Valerse de influencias con la finalidad de no incorporarse a su unidad de destino o incumplir los plazos previstos para  su  incorporación  con  motivo  de  asignación  o reasignación en el cargo; o no dar cumplimiento en los plazos legales con poner a disposición al personal a su mando cambiado de colocación.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 44Disponer o aceptar la ejecución de actividades ajenas a la función dentro de instalaciones policiales.De  6  a  10  días  de sanción de rigor
G 45No  cumplir  sus  compromisos  económicos  al  tener asignada  una  vivienda  policial  en  guarnición  o  no entregarla al término del plazo y/o en las condiciones acordadas.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 46Realizar acciones, operaciones o diligencias policiales no autorizadas.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 47Establecer u otorgar privilegios o generar desventajas en la asignación o distribución de los recursos humanos, logísticos, económicos y financieros.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 48Abandonar el servicio sin motivo justificado.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 49Alejarse de su puesto de servicio al cual fue asignado para  realizar  actividades  ajenas  al  mismo  y  como consecuencia de ello se produzcan hechos delictuosos o consecuencias graves, salvo causa justificada.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 50No  habilitar,  perder  o  no  presentar  la  documentación señalada  en  la  normatividad  vigente  referida  a  la administración de recursos asignados por el Estado.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 51Inducir  u  obligar,  en  su  condición  de  profesional  de la salud, al personal de la Policía Nacional del Perú o familiares, a someterse a diagnósticos, procedimientos o tratamientos médicos particulares con fines de lucro.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 52Coaccionar   o   amenazar   por   cualquier   medio,   al personal de la Policía Nacional del Perú, intimidándolo o  presionándolo  para  que  deje  de  cumplir  con  sus obligaciones.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL
G 53Realizar o participar en actividades que denigren la autoridad del policía o imagen institucional.De 2 a 6 días de sanción de rigor
G 54Incumplir sus obligaciones familiares alimentarias.De 2 a 6 días de sanción de rigor
G 55Realizar actos indecorosos vistiendo el uniforme policial.De 4 a 10 días de sanción de rigor
CONTRA LA ÉTICA
G 56Agraviar  al  personal  de  la  Policía  Nacional  del  Perú que actúe como garante, al no cumplir un compromiso económico.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
G 57Ejercer     la    defensa    legal    en    procedimientos administrativos, así como en procesos judiciales contra la Institución o sus representantes; salvo en causa propia o en defensa del cónyuge, hijos, padres, hermanos; o con autorización expresa del comando institucional.De  11  a  15  días  de sanción de rigor
ANEXO III
TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES MUY GRAVES
CONTRA LA DISCIPLINA
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
MG1Faltar  a  la  verdad  en  documentos  relacionados  con la  investigación  policial,  beneficiando  o  afectando  el resultado de la investigación en su calidad de instructor.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 2Tramitar de manera intencional, una solicitud o reclamo en vía distinta al procedimiento predeterminado por ley, causando perjuicio.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 3Utilizar   o   manipular   medios   técnicos,   informáticos, imágenes, sonidos u otros de propiedad o uso exclusivo de la Policía Nacional del Perú en beneficio propio o de terceros.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 4Reincidir  en  la  omisión  de  la  presentación  de  la Declaración Jurada de Bienes y Rentas a la que está obligado el personal policial.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 5Entregar  o  divulgar  información  sin  las  formalidades legales,  incluyendo  la  relacionada  con  la  salud  del personal de la Policía Nacional del Perú y sus familiares.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 6Utilizar o disponer indebidamente bienes o recursos de propiedad del Estado.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 7Apropiarse indebidamente de prendas, equipos o bienes de otros miembros de la Policía Nacional del Perú.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 8Utilizar insignias de mando que no correspondan a la categoría o grado que ostenta.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 9Emplear  sin  causa  justificada  la  fuerza  física  contra el  personal  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  durante el  servicio,  salvo  que  se  trate  de  hacer  prevalecer  el principio de autoridad o en legítima defensa.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 10Replicar al superior en forma desafiante las órdenes del servicio  o  hacer  correcciones  u  observaciones  en  los mismos términos.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 11Disponer  el  archivo  de  un  procedimiento  disciplinario cuando los hechos configuran una infracción disciplinaria grave o muy grave.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 12Ocultar o encubrir a miembros de la Policía Nacional del Perú que hayan cometido infracción grave o muy grave debidamente comprobada.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 13Maltratar  a  los  intervenidos  una  vez  reducidos  o detenidos, causándoles lesiones.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 14Proceder con parcialidad al aplicar sanciones, otorgar incentivos a quien no corresponda o no otorgar estos a quien lo merece, de acuerdo con la normatividad vigente.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 15Modificar  o  alterar  resoluciones,  directivas,  planes, instrucciones, órdenes u otras disposiciones vigentes en beneficio propio o de terceros.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 16Demorar   por   acción   u   omisión   el   trámite   de   un expediente disciplinario, siendo integrante de los órganos disciplinarios.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 17Entorpecer, perjudicar o retardar, por acción u omisión, un procedimiento administrativo-disciplinario.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 18Omitir informar la comisión de infracciones graves o muy graves del personal de la Policía Nacional del Perú.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 19Emplear  para  usos  particulares,  a  personal  policial, medios o recursos de la Institución o facilitarlos a un tercero; salvo causa justificada.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 20Incumplir con los plazos establecidos para las acciones de  investigación  administrativo-disciplinaria  motivando con ello la prescripción de la infracción disciplinaria.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 21Valerse  de  influencias  con  la  finalidad  de  cambiar, modificar  o  revertir  las  decisiones  de  los  órganos disciplinarios u órdenes del comando, en beneficio propio o de terceros.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 22Faltar   al   servicio   policial   en   más   de   cinco   (5) oportunidades no consecutivas durante un período de 30 días.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 23Incitar en cualquier forma a cometer actos contrarios a la subordinación.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 24Negarse a pasar examen de dosaje etílico, toxicológico, ectoscópico,  absorción  atómica  u  otros  cuando  la autoridad policial lo solicite por causa justificada.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 25No respetar los procedimientos establecidos o alterar, distorsionar, encubrir o suprimir, sin motivo justificado, los documentos que sustentan el procedimiento regular de un proceso administrativo interno de la Policía Nacional del Perú, en beneficio propio o de tercero.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 26Rehusar o demorar injustificadamente el cumplimiento de  las  normas,  procedimientos,  directivas,  así  como encargos,  designaciones,  comisiones  y  tareas  que  se asigne al personal de la Policía Nacional del Perú.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 27Formular   imputaciones   tendenciosas   que   denigren, calumnien,  difamen  o  deshonren  al  personal  de  la Policía Nacional del Perú mediante palabras, escritos o cualquier otro medio.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 28Denunciar  sin  pruebas  o  con  argumentos  falsos  al personal de la Policía Nacional del Perú.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 29Formular  declaración  o  comentario  no  autorizado  en forma pública sobre asuntos que afecten la imagen y prestigio institucional.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 30Inducir   a   error   en   forma   dolosa   a   los   órganos disciplinarios,  en  su  condición  de  testigo,  perito  o  de quien tiene el deber de colaborar con estos.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 31Omitir,   retardar   de   cualquier   modo   o   encubrir intencionalmente la notificación de resolución de pase a la situación de disponibilidad o de retiro por medida disciplinaria.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 32Realizar   proposiciones   indecentes,   insinuaciones   o requerimientos  con  contenido  sexual  a  cambio  de favorecer,  otorgar  ventajas,  dar  trato  preferente  o  dar cumplimiento a procedimientos establecidos, al personal de la Policía Nacional del Perú, a los postulantes de las escuelas de formación o a cualquier persona que tenga interés en el resultado de una gestión o trámite realizado ante una unidad u órgano policial.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 33Consumir  droga(s)  ilegal(es)  o  bebidas  alcohólicas durante el servicio policial, salvo en este último caso, que responda a situaciones protocolares.Pase a la situación de retiro
MG 34Dar en venta, prenda, garantía o alquiler el armamento, equipo,  pertrecho  u  otros  bienes  de  propiedad  del Estado.Pase a la situación de retiro
MG 35Agredir físicamente o realizar actos de violencia contra personal  de  la  Policía  Nacional  del  Perú,  salvo  en legítima defensa.Pase a la situación de retiro
MG 36Sustraer  medios  técnicos  o  informáticos,  imágenes  o sonidos de propiedad o uso de la Policía Nacional del Perú para fines distintos a los previstos legalmente, en beneficio propio o de terceros.Pase a la situación de retiro
MG 37Sustraer, ocultar, facilitar o comercializar medicamentos, biomédicos, insumos, productos, materiales y equipos destinados   al   diagnóstico,   tratamiento   de   distintas patologías y procedimientos de salud para el personal de la Policía Nacional del Perú y familiares, empleando cualquier artificio.Pase a la situación de retiro
MG 38Excederse en más de 5 días calendario en el uso de vacaciones, permisos o descansos médicos, a sabiendas que no le corresponde.Pase a la situación de retiro
MG 39Faltar por más de 5 días calendario en forma consecutiva a su unidad, sin causa justificada.Pase a la situación de retiro
MG 40Reincorporarse  a  su  unidad  después  de  3  días  sin causa justificada, luego de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad.Pase a la situación de retiro
MG 41Omitir  auxiliar  oportunamente  a  cualquier  persona  y como consecuencia de ello, se produzca la muerte o lesiones graves.Pase a la situación de retiro
MG 42Participar,  favorecer  o  facilitar  de  manera  individual o grupal en hechos que afecten gravemente el orden público y la seguridad de las personas o la comunidad en su conjunto.Pase a la situación de retiro
MG 43Organizar, dirigir, promover, participar o incitar a huelga, paro,  marcha  u  otras  acciones  de  protesta  de  índole policial,  o  intervenir  en  forma  directa  en  actividades políticas o sindicales.Pase a la situación de retiro
MG 44Utilizar el cargo o el grado para inducir al subordinado o a particulares a respaldar una campaña política o participar en eventos de la misma naturaleza.Pase a la situación de retiro
MG 45Entregar  información  de  ciudadanos  colaboradores, en  el  ámbito  de  la  aplicación  de  la  normatividad  que regula el beneficio de recompensas por la información brindada para la captura de miembros de organizaciones criminales, terroristas y responsables de otros delitos.Pase a la situación de retiro
MG 46Consignar  información  falsa  en  la  Declaración  Jurada de Bienes y Rentas a la que está obligado el personal policial.Pase a la situación de retiro
CONTRA EL SERVICIO POLICIAL
MG 47Contravenir  el  protocolo  o  norma  técnica  de  salud aprobado  para  el  examen,  diagnóstico,  tratamiento, operación,   rehabilitación   o   demás   procedimientos utilizados  por  el  personal  profesional  o  técnico  en  el desempeño de su función, sin causa justificada.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 48Exponer  a  peligro  o  abandonar  al  paciente  en  riesgo o en situación de emergencia, por parte del personal profesional médico o técnico de la Policía Nacional del Perú responsable.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 49Contravenir los protocolos o normas técnicas nacionales e internacionales de navegación aérea, marítima, fluvial y lacustre, sin causa justificada.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 50No  dar  cuenta  oportunamente  del  vencimiento  de medicinas,  biomédicos,  insumos,  material  fonomédico y fonotécnico, y otros de similar naturaleza de cualquier unidad de salud de la Policía Nacional del Perú.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 51No dar cumplimiento a las disposiciones pertinentes en torno a la seguridad durante la custodia y traslado de los detenidos, procesados o inculpados o menores en custodia, ocasionando perjuicio a terceros.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
CÓDIGOINFRACCIÓNSANCIÓN
MG 52Contravenir    deliberadamente    los    procedimientos operativos y administrativos establecidos en los planes de   operaciones,   órdenes   de   operaciones   u   otros documentos   relacionados   con   el   cumplimiento   del servicio policial establecidos en la normatividad vigente.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 53Hacer   uso   de   la   fuerza   en   forma   innecesaria   o desproporcionada,  en  acto  de  servicio,  ocasionando lesiones graves.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 54Perder o inutilizar documentación o cualquier información clasificada que afecte la seguridad o el servicio policialDe 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 55Crear,  variar,  omitir,  retirar  o  insertar  causas,  hechos, diligencias, conclusiones, documentos, anexos u otros relacionados,  que  fueran  realizados  con  motivo  de  la función policial.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 56Crear,  variar,  omitir,  retirar  o  insertar  causas,  hechos, diligencias, conclusiones, documentos, anexos u otros relacionados,  que  fueran  realizados  con  motivo  del diagnóstico,  tratamiento  o  procedimiento  de  salud, distorsionando la realidad de los hechos para evadir su responsabilidad.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 57Omitir, borrar, agregar o alterar el registro de información oficial en las bases de datos informáticos de la Policía Nacional del Perú.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 58Proporcionar o prescribir de manera negligente fármaco, estupefaciente, psicotrópico u otra droga de uso médico ocasionando lesión grave o muerte del paciente.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 59No prestar auxilio con urgencia en aquellos hechos o circunstancias graves en que sea obligada su actuación.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 60No  prestar  auxilio  a  las  personas  que  se  encuentren lesionadas o en grave peligro.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 61Actuar con negligencia en el ejercicio de su función y como consecuencia de ello, se causen lesiones graves o la muerte.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 62Actuar con negligencia en el ejercicio de la función en la tramitación de denuncias en las que exista alto riesgo de lesión grave o muerte para la víctima.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 63Tramitar  negligentemente  una  solicitud  en  vía  distinta al procedimiento predeterminado por ley en los casos que exista alto riesgo de lesión grave o muerte para la víctima.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 64Demostrar  falta  de  celo  en  el  cumplimiento  de  las obligaciones del servicio o de la función policial, cuando se trate de casos con alto riesgo de lesión grave o muerte para la víctima.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 65Emplear  personas  ajenas  a  la  institución,  en  forma estable o transitoria, para actividades del servicio policial, sin la autorización debida.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 66Incumplir obligaciones, funciones y/o responsabilidades afectando la prestación del servicio de salud.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 67Simular enfermedad o permitir la simulación en perjuicio del servicio policial o los derechos de los demás.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 68Ingresar o facilitar el ingreso de artículos prohibidos en un establecimiento penitenciario.Pase a la situación de retiro
MG 69Ingerir  bebidas  alcohólicas  y/o  consumir  drogas  o estupefacientes ilegales portando y/o usando armamento de reglamento y/o particular.Pase a la situación de retiro
MG 70Formular requerimientos de material, equipo y efectos logísticos que no estén acordes con las necesidades de las unidades policiales, en beneficio propio o de terceros.Pase a la situación de retiro
MG 71Abandonar  las  instalaciones  policiales  encontrándose de  servicio  y  como  consecuencia  de  ello  genere  su deterioro, pérdida del armamento, munición, accesorios, equipos,  sustracción  de  enseres  u  otros  bienes  de propiedad del Estado.Pase a la situación de retiro
MG 72Practicar  actos  de  tortura  a  las  personas  que  se encuentren bajo su custodia.Pase a la situación de retiro
MG 73Prescribir   medicamento   sin   poseer   la   autorización debida, ocasionando lesión grave o muerte del paciente.Pase a la situación de retiro
MG 74Faltar a sus deberes profesionales como integrante de los órganos disciplinarios, favoreciendo o perjudicando al administrado mediante cualquiera de los siguientes actos: ocultamiento, falsificación, supresión, alteración de las evidencias, pruebas o los actuados del procedimiento administrativo-disciplinario.Pase a la situación de retiro
MG 75Alterar, modificar, manipular, deteriorar, dañar o sustraer los  mecanismos  de  medición,  control  o  equipos  que permitan  realizar  un  adecuado  control  del  material  o recursos destinados al cumplimiento del servicio policial.Pase a la situación de retiro
MG 76Solicitar  o  recibir  dádivas  o  cualquier  otra  clase  de beneficio   proveniente   directa   o   indirectamente   del usuario del servicio o de cualquier persona que tenga interés en el resultado de su gestión.Pase a la situación de retiro
MG 77Ofrecer  y/o  entregar  dádivas  o  cualquier  otra  clase de  beneficio  proveniente  directa  o  indirectamente  del usuario del servicio o de cualquier persona que tenga interés en el resultado de la gestión.Pase a la situación de retiro
MG 78Apropiarse  o  adulterar  las  evidencias  de  un  ilícito penal,  alterando  la  cadena  de  custodia  o  diligencias preliminares.Pase a la situación de retiro
MG 79Tener relaciones sexuales o realizar actos contra el pudor con el paciente, cadete o alumno(a) o persona que esté detenida, retenida, bajo su cuidado o responsabilidad.Pase a la situación de retiro
MG 80Tener  relaciones  sexuales  durante  el  servicio  o  en instalaciones o vehículos policialesPase a la situación de retiro
MG 81Apropiarse   o   adulterar   insumos   químicos,   drogas, sustancias psicotrópicas sujetas a custodia o traslado.Pase a la situación de retiro
MG 82Brindar servicios de protección y seguridad u otros que no se encuentren autorizados o servicios de seguridad privada a favor de terceros.Pase a la situación de retiro
MG 83Ordenar o autorizar al personal a su cargo servicios de protección y seguridad privada a favor de terceros.Pase a la situación de retiro
MG 84Disponer,  autorizar  y/o  facilitar  que  personal  policial brinde  servicios  de  protección,  seguridad  privada  y/o asesoramiento a favor de terceros para tal fin, así como cualquier servicio que no se encuentre regulado.Pase a la situación de retiro
MG 85Actuar  o  participar  directa  o  indirectamente  en  abuso del ejercicio de sus funciones, atribuciones y facultades, atentando contra la libertad personal o patrimonio público o privado.Pase a la situación de retiro
MG 86Usar, transferir, difundir o comercializar las grabaciones de imágenes, videos o audios que constituyen indicio o medio probatorio en una investigación.Pase a la situación de retiro
MG 87Ejecutar  funciones  propias  del  personal  de  la  Policía Nacional  del  Perú  haciendo  uso  del  uniforme,  del distintivo de mando o de autoridad, o en traje de civil, encontrándose en situación de disponibilidad.Pase a la situación de retiro
CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL
MG 88Alterar  el  orden  público  habiendo  ingerido  bebidas alcohólicas o consumido drogas ilegales.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 89Maltratar física o psicológicamente a los miembros del grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la  violencia  contra  las  mujeres  y  los  integrantes  del grupo  familiar;  cuando  se  requiera  entre  1  y  10  días de asistencia facultativa o hasta 10 días de descanso médico, o cuando se acredite la existencia de un nivel moderado de daño psíquico.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 90Conducir vehículo motorizado con presencia de alcohol en la sangre en proporción de 0.25 hasta 0.5 g/l.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 91Difundir o promover ideas o rumores que vayan en contra de la cohesión institucional, que propicien el desorden o confusión o que afecten la imagen o el honor de sus miembros.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 92Difundir  por  cualquier  medio,  imágenes,  documentos, anónimos  u  otros  relacionados  con  el  servicio  o  el personal de la Policía Nacional del Perú afectando la imagen institucional.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 93Maltratar física o psicológicamente a los miembros del grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; cuando se requiera más de 10 días de asistencia facultativa  o  más  de  10  días  de  descanso  médico,  o cuando se acredite la existencia de un nivel grave o muy grave de daño psíquico.Pase a la situación de retiro
MG 94Conducir vehículo motorizado con presencia de alcohol en la sangre mayor a 0.5 g/l o bajo los efectos de drogas tóxicas,  estupefacientes,  sustancias  psicotrópicas  o sintéticas o negarse a pasar dosaje etílico, toxicológico o examen de orina cuando es intervenido conduciendo con signos de ebriedad o drogadicción.Pase a la situación de retiro
CONTRA LA ÉTICA
MG 95Aceptar u otorgar obsequios que impliquen ventajas de cualquier índole para beneficio propio o de terceros.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 96Acercarse  corporalmente  con  roces  a  otra  persona, ejecutar  tocamientos  u  otra  manifestación  física  de naturaleza sexual.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 97Asignar indebidamente cargos a personal policial que no cumple con los requisitos contemplados en la ley para este fin.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 98Emplear   o   ejercer   influencia   o   recomendaciones valiéndose  del  grado,  cargo  o  función  para  obtener ascensos,    condecoraciones,    felicitaciones,    becas, cursos y cualquier otra recompensa; así como, permisos, destaques, cambios de colocación, comisiones o todo aquello  que  signifique  ventaja  para  sí  o  terceros,  en detrimento del servicio o de los derechos de otro.De 6 meses a 1 año de disponibilidad
MG 99Actuar    con    parcialidad    en    los    procedimientos administrativo-disciplinarios  en  el  acopio  y  valoración de pruebas o pericias con la finalidad de favorecer o perjudicar al presunto infractor.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 100Ejercer la defensa legal en procedimientos disciplinarios cuando pertenezcan a los órganos disciplinarios de la Policía Nacional del Perú; salvo en causa propia o en defensa  del  cónyuge,  hijos,  padres,  hermanos;  o  con autorización expresa de su comando.De  1  a  2  años  de disponibilidad
MG 101Apropiarse de las donaciones obtenidas en el ejercicio de la función policial o desnaturalizar su finalidad.Pase a la situación de retiro
MG 102Distorsionar,  adulterar  o  suscribir  información  falsa en  informe,  certificado,  peritaje  u  otro  documento  en beneficio propio o de terceros.Pase a la situación de retiro
MG 103Ejercer  actividades  públicas  o  privadas  incompatibles con  el  desempeño  de  sus  funciones,  en  agravio  del Estado.Pase a la situación de retiro
MG 104Procurar o aceptar beneficio económico u otra ventaja para sí o para tercero al participar en los procesos de contrataciones  y  adquisiciones  de  bienes  y  servicios destinados para la Policía Nacional del Perú.Pase a la situación de retiro
MG 105Usar intencionalmente documentos falsos o adulterados y   presentarlos   ante   los   órganos   o   dependencias policiales.Pase a la situación de retiro
MG 106Formular   requerimientos   innecesarios   de   productos farmacéuticos, biomédicos, medicinas, insumos y otros de similar naturaleza.Pase a la situación de retiro
MG 107Coaccionar o amenazar al personal de la Policía Nacional del  Perú,  intimidando,  presionando  o  sometiéndolo a  trato  hostil  para  condicionar  o  recibir  favores  de contenido sexual.Pase a la situación de retiro
MG 108Utilizar  sus  conocimientos  biomédicos  o  tecnológicos para inducir, realizar o encubrir actividad contraria a la salud y la vida humana.Pase a la situación de retiro
MG 109Exigir, solicitar o recibir dinero, especies u otras dádivas, en beneficio propio o de terceros para favorecer en el proceso de admisión o ingreso a los centros de formación de la Policía Nacional del Perú.Pase a la situación de retiro
MG 110Direccionar  u  orientar  la  adquisición  de  bienes  y/o  la contratación  de  servicios  para  obtener  un  beneficio personal  o  en  favor  de  terceros,  valiéndose  de  su profesión, cargo o función.Pase a la situación de retiro
MG 111Simular  hechos  conducentes  a  la  aplicación  de  la intervención excepcional de la Unidad Especializada de la Policía Nacional del Perú en el marco de lo previsto en el Decreto Legislativo 1182.Pase a la situación de retiro
MG 112Usar  y/o  transferir  indebidamente  datos  derivados  de las  comunicaciones  para  la  identificación,  localización y  geolocalización  de  teléfonos  móviles  o  dispositivos electrónicos de naturaleza similar.Pase a la situación de retiro
MG 113Alterar, inducir o interferir en el procedimiento establecido en el artículo 4 del Decreto Legislativo 1182, Decreto Legislativo que regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y  geolocalización  de  equipos  de  comunicación,  en  la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.Pase a la situación de retiro
MG 114Pertenecer a un partido político, agrupación o movimiento que desarrolle actividades políticas.Pase a la situación de retiro